La Diputación de Bizkaia acaba de suspender a 1500 familias su Renta de Garantia de Ingresos en base al reglamento de bienes inmuebles que implica que no se puede tener otro bien inmueble diferente a la residencia habitual. La excepción a esta regla es cuando no se tiene el 100% de la propiedad del inmueble y se hace una revision del valor catastral, dividido entre el porcentaje del que se es propietario y se computa esa cantidad como patrimonio aplicandose el tope para cada UECI.
Como habitualmente hace la Diputacion, suspenden la RGI y despues mandan la carta que lo notifica, para posteriormente que sean los afectados/as los que hagan recursos para solventar la suspension, mientras tanto 1500 familias se quedan sin recursos para pagar sus necesidades basicas llevandoles a una situación de exclusión gravisima. Posteriormente la Diputacion les dará la razón a quienes no superen el tope patrimonial y les devolverá el dinero pero el daño y la angustia que sufren estas personas ya estara hecho.
Ante esto Argilan ha decidido poner algunos ejemplos y resaltar que: No se ha informado a los perceptores dándoles plazo para ejercer su derecho a su defensa antes de ser sancionados.
La incompetencia de tener todos los datos necesarios y no revisarlos antes de suspender las RGI, así como situaciones como la siguiente: una familia certifica que ya no tiene bien inmueble alguno, en la ventanilla aseguran que tienen constancia que esa documentación ha sido entregada, pero como nadie la ha metido en el ordenador se procede a la suspensión.
Cobros indebidos: se manda una carta pidiendo la devolución de dinero cobrado de mas porque hace años la Diputación no hizo las cuentas correctamente ni con la diligencia necesaria, se pone a disposición de la Diputación un numero de cuenta para el pago de la deuda, más de 2 años después olvidado ya este asunto, la persona que hace ya años que no cobra prestación social alguna se encuentra con un cobro por parte de hacienda con recargo del 20% por no haber pagado de forma voluntaria.
Mas cobros indebidos: diferentes personas reciben una carta en la que les piden una cantidad por cobros indebidos, (años atrás no se hicieron bien los cálculos o durmió en los cajones documentación aportada por los perceptores) se hace reclamación de mas información acerca de dichos cobros y la respuesta un mes después de recibir la 1º carta es que la deuda aumenta a veces hasta mas del doble al haberse hecho de nuevo las cuentas.
Plazos: las personas que solicitan su RGI tardan de media 8 meses en cobrarla pero si meten el recurso que ARGILAN tiene en su blog cobran al mes siguiente de haberlo presentado.¿Acaso las personas que no lo han presentado son regidas por distinta ley?
Cartas sin sentido: se manda una carta pidiendo que se entregue la documentación para una renovación de la RGI, al mes siguiente se manda otra diciendo que no tiene derecho y al mes siguiente se le admite la documentación para dicha renovación.
Como dice Argilan, podrían seguir así hasta rellenar un libro entero de situaciones en las que la incompetencia del Servicio contra la exclusión es palpable pero creen que estos por si solos son motivos suficientes para que se tomen cartas en el asunto y se exijan dimisiones.
Solo queda por dilucidar si es incompetencia o un hecho calculado para sacar del sistema de prestaciones por la puerta de atrás a miles de personas con una política de agotamiento de los ciudadanos que persigue que desistan de ejercer sus derechos.